BIKI llegará próximamente a Zaratán, con dos estaciones y 22 bicicletas eléctricas

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26 de junio de 2024

El pleno del Ayuntamiento aprobó este martes el acuerdo para la implantación y gestión del sistema público de alquiler de bicicletas para el período de 2024 a 2027

El Ayuntamiento de Zaratán aprobó en pleno suscribir el contrato para que el servicio de alquiler público de bicicletas BIKI se implante en la localidad entre el periodo 2024 a 2027. El acuerdo entre el consistorio de la capital y el municipio del alfoz, establece que se instalarán dos estaciones de 11 anclajes cada una y 22 bicicletas eléctricas.

La aportación del Ayuntamiento de Zaratán destinada a financiar las inversiones en el ejercicio 2024 será de 88.854,64 €, donde se incluye las acometidas, las estaciones con sus 11 anclajes cada una y las 22 bicicletas eléctricas.

Dentro del contrato se incluye como , el Ayuntamiento de Zaratán realizará anualmente aportaciones corrientes dotacionales para financiar los gastos de gestión y mantenimiento de las estaciones y bicicletas destinadas al servicio público y previstas para la operación en el municipio. El coste anual será de 14.129,52, importe que se ajustará a partir del ejercicio 2025 y dependerá de los gastos de mantenimiento y logística que resulten de acuerdo con los precios de las nuevas adjudicaciones de los contratos que se establezcan en el marco del servicio.

Roberto Migallón ha manifestado «el gran avance» que supone «el poder conectar nuestro pueblo y la capital de una forma sostenible». Con esta actuación se materializa uno de los compromisos de colaboración con el alfoz, ya que la bicicleta es un sistema de movilidad óptimo para su articulación metropolitana.

Comisión Mixta de Seguimiento

Para llevar a cabo el seguimiento del protocolo general de actuación se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que se reunirá al menos una vez al año y, en su caso, cuando una de las partes lo solicite. Esta Comisión estará formada por Jesús Julio Carnero y Roberto Migallón, con la facultad de poder delegar en las personas que estos consideren oportuno. El régimen de funcionamiento interno de la referida Comisión será el que resulte aplicable por la normativa básica a los órganos colegiados de carácter administrativo.

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