Las ayudas de 300 euros para familias con hijos en 2022 se podrán solicitar desde el 1 de enero

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28 de diciembre de 2022

Las subvenciones del Ayuntamiento de Zaratán dirigidas a progenitores con hijos nacidos o adoptados en este año se podrán completar a través de la web hasta el 31 de enero

El Ayuntamiento destinará aproximadamente 17.000 euros al año para conceder ayudas a la natalidad. Cada nacimiento o adopción será objeto de una ayuda única de 300 euros. Las solicitudes se podrán presentar desde el 1 hasta el 31 de enero de 2023 en el Registro General o por cualquiera de los medios permitidos por la Ley 39/2015.

Desde el consistorio se ha observado que en los últimos años ha habido una disminución en la natalidad y un estancamiento en la población del municipio, lo que puede afectar la calidad de los servicios públicos. Además, desde 2019 no se ha podido abrir una escuela infantil municipal.

Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta ordenanza son: progenitores casados, parejas de hecho inscritas en el registro autonómico, familias monoparentales con hijos y adoptantes de niños hasta 10 años. Los extranjeros también pueden ser beneficiarios siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la Ley Orgánica 4/2000.

Para optar a esta ayuda, los progenitores o adoptantes deben haber estado empadronados en el municipio durante al menos 6 meses al momento del nacimiento o adopción, y deben comprometerse a permanecer empadronados, tanto ellos como el hijo, durante al menos dos años.

Las solicitudes deben incluir un certificado de nacimiento o una copia de la resolución judicial en el caso de adopciones, un certificado de empadronamiento de al menos 6 meses de duración para ambos progenitores o adoptantes y el recién nacido o adoptado, una certificación municipal de estar al corriente de obligaciones fiscales municipales y otra certificación de estar al corriente de obligaciones fiscales y de la seguridad social.

También existirá una clausula de compromiso para permanecer empadronados en el municipio durante al menos dos años después del nacimiento o adopción, un documento de terceros y certificado de cuenta bancaria del beneficiario y una declaración jurada de cualquier otra ayuda solicitada o recibida para la misma finalidad.

Estas medidas se han realizado en colaboración con la Comunidad Autónoma y siguiendo las orientaciones de la Estrategia Regional para facilitar la conciliación entre la vida familiar y laboral.

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